Miércoles 20 de julio del 2022

Nueva ley de atención integral y gratuita a personas con VIH, hepatitis virales, ITS y tuberculosis

Reemplaza a la antigua Ley de Sida, promulgada en el año 1990, e incluye a las demás patologías con un enfoque de géneros y derechos humanos
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Recientemente fue promulgada por el Poder Ejecutivo Nacional la Ley de Respuesta Integral al VIH, Hepatitis Virales, Otras Infecciones de Transmisión Sexual (ITS) y Tuberculosis, que fue registrada con el número 27.675 y cambia el paradigma biomédico de la normativa anterior, sancionada en 1990.


La ley promulgada cuenta con un enfoque de géneros y de derechos humanos y busca garantizar la atención integral de las personas de manera gratuita, impulsando, además, la eliminación del estigma y la discriminación.


Entre otras medidas, prohíbe las pruebas de diagnóstico de VIH, Hepatitis, TBC e ITS en los exámenes preocupacionales o para ingresar a instituciones educativas.


También declara de interés público y nacional los medicamentos e insumos para la prevención, diagnóstico, tratamiento y cura del VIH, Hepatitis, TBC e ITS, su producción pública y el acceso universal, oportuno y gratuito.


Sobre la nueva normativa nacional, la jefa del programa de VIH, ITS y Hepatitis Virales dependiente del Ministerio de Salud Pública, Laura Caporaletti, manifestó que “después de 30 años de vigencia, la Ley Nacional de Sida es reemplazada por una nueva ley, que incluye a otras patologías como hepatitis y tuberculosis, que actualmente se encuentran bajo una misma Dirección Nacional”.


La funcionaria destacó que “la nueva ley se ha trabajado con diversas organizaciones civiles del país desde hace ocho años y cuenta con el consenso de personas que viven con VIH”. Agregó que “responde también a los nuevos escenarios sociales y de las patologías, ya que hoy el VIH es una enfermedad crónica, con tratamiento eficiente y eficaz”.


Como puntos relevantes de la nueva ley, Caporaletti destacó:


·Acceso universal y gratuito a la salud para personas con VIH, ITS y tuberculosis.


·Creación de una comisión intersectorial, interministerial, con referentes de las organizaciones civiles.


·Campañas de difusión masiva de las problemáticas.


·Régimen especial de jubilación para personas con VIH y/o hepatitis B o hepatitis C, que hayan trabajado con la patología los últimos 10 años, acrediten 20 años de aportes previsionales y tengan 50 años o más de edad.


·Pensión no contributiva para personas en situación social de vulnerabilidad.


·Disponibilidad de fórmulas pediátricas para VIH, hasta los 18 meses.


Además, la jefa del programa de VIH, ITS y Hepatitis Virales destacó que la ley 27.675 “continúa con la perspectiva de derechos humanos, incluyendo los de identidad de género” y recordó que “la Ley Nacional de Sida fue la primera en la Argentina que cruzó con derechos humanos; hoy en la nueva ley esos derechos continúan vigentes y se incorporan todos los adquiridos en los últimos años”.

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